Nota: Echinopsis acrantha (K. Schumann ex Vaupel) Anceschi & Magli es una nueva combinación publicada en cactusinhabitat bookletSouth America 2013-2021 (Anceschi & Magli 2021, 38). Para la hipótesis filogenética adoptada para la asimilación de Haageocereus Backeberg en Echinopsis Zuccarini ver Anceschi & Magli (2013b, 22-29).
Julio 2021
Nota:Desde años, los análisis moleculares revelaron la estrecha relación entre Echinopsis s.l. y los otros géneros dentro la tribu Trichocereeae, o subtribu Trichocereinae, (Nyffeler 2002, 317, 319; Schlumpberger 2009; Lendel et al. 2006, unpubl. data in Nyffeler & Eggli 2010). Aún más recientes análisis moleculares de Echinopsis (Schlumpberger & Renner 2012), han demostrado claramente que una correcta interpretación cladística de los datos moleculares, en la dirección de un género Echinopsis monofilético, conduce a la asimilación en Echinopsis s.l., como actualmente concebida (Anderson 2001; Hunt et al. 2006; Anderson & Eggli 2011), de Cleistocactus Lemaire, Denmoza Britton & Rose, Haageocereus Backeberg, Harrisia Britton, Oreocereus (A. Berger) Riccobono, Weberbauerocereus Backeberg y otros 10 géneros de las Trichocereeae/Trichocereinae. Hemos tratado ampliamente el tema, en la parte dedicada a la taxonomía en nuestro penúltimo booklet (Anceschi & Magli 2013b, 22-29).
Nuestra posición está resumida en “The new monophyletic macro-genus Echinopsis. No risk of paraphyly, and the most convincing hypothesis in phylogenetic terms”, que se publicó en Cactaceae Systematics Initiatives N° 31, paginas 24-27 (Agosto 2013).
Los relevamientos realizados en 2014 en el desierto costero del Perú involucraron también a las poblaciones de Echinopsis acrantha (K. Schumann ex Vaupel) Anceschi & Magli (A&M 1213, A&M 1219), un taxón más conocido como Haageocereus acranthus (Vaupel) Backeberg. Al respecto, para la hipótesis filogenética adoptada para la asimilación de Haageocereus Backeberg en Echinopsis Zuccarini ver Anceschi & Magli (2013a, 22-29; 2013b, 31: 24-27). La ssp. olowinskianus de H. acranthus, se distinguiría por tener un tallo <1 m, vs. <2 m para la ssp. acranthus, y área al sur de Lima (Anderson 2001, 365). Las mismas distinciones se confirman en Anderson y Eggli (2011, 331-332). En Hunt et al. (2006, text: 135), se añade como elemento distintivo la mayor longitud de la columna central, <6cm, vs. los 2cm de la especie tipo. En cuanto al principal elemento distintivo (es decir, la altura del tallo), hemos encontrado individuos de 121 cm de altura entre las poblaciones olowinskianus de Omas, Lima, Perú. En cuanto a la mayor longitud de una de las espinas centrales, si bien es cierto que en la documentación fotográfica las poblaciones olowinskianus parecen tener la espina central inferior más larga que las de la especie tipo, este aspecto no se confirma durante la fase de medición. De hecho, medimos <3.1cm para la central inferior entre las poblaciones olowinskianus, mientras que <3,9 cm y <2,4 cm, respectivamente, para la parte superior e inferior central en las poblaciones acranthus. En realidad, la espina (como el resto de la holomorfología de los 2 taxones) es muy similar si comparamos las poblaciones olowinskianus, A&M 1213, Perú, Lima, al noreste de Omas (fotos 9-11), con las de las poblaciones acranthus, A&M 1219, Perú, Lima, Lima, noreste de Lima (fotos 19, 23). En cuanto a la distribución, las poblaciones olowinskianus representan la continuación natural de la especie al sur. En relación a la interpretación taxonómica dada por E. A. Molinari-Novoa (2015, 13:19), que asimila H. acranthus y Haageocereus olowinskianus Backeberg en Echinopsis limensis (Salm-Dyck) Molinari, basionimo Cereus limensis Salm-Dyck (1845), sinónimo Haageocereus limensis (Salm-Dyck) F. Ritter, se considera que en Hunt et al. (2006, text: 136, 323) Haageocereus limensis, basionimo Cereus limensis, se define como nombre ilegal, y que se hace una evaluación similar en Anderson & Eggli (2011, 331, 667, 694), donde C. limensis y H. limensis se identifican como Haageocereus sp. Sobre la base de lo considerado, preferimos el nombre E. acrantha para identificar las poblaciones en cuestión. Junto con el epíteto olowinskianus, por razones similares consideramos en la sinonimia de E. acrantha también Haageocereus acranthus ssp. backebergii N. Calderón y Haageocereus acranthus ssp. zonatus (Rauh y Backeberg) Ostolaza, ambos ausentes en Hunt et al. (2006) y en Hunt (2013), pero recuperados por el mismo Hunt en CCC3 (2016, 67, 162); en consecuencia, también la posterior Echinopsis limensis ssp. backebergii (N. Calderón) Molinari & Mayta (Molinari & Mayta 2015, 14: 20) se incluye en la sinonimia. (Traducido de: Anceschi & Magli 2021, 50-52)
Era agosto 2013, cuando, siguiendo nuestro booklet 2011/2013 (junio 2013), publicamos un artículo sobre la controvertida monofilia de Echinopsis Zuccarini s.l. en Cactaceae Systematics Initiatives (2013b, 31: 24-27). El artículo resume y subraya la posición que tomamos en el booklet, en relación con la hipótesis filogenética a adoptar en cuanto a la clasificación de géneros relacionados con Echinopsis s.l. dentro de la tribu Trichocereeae, o subtribu Trichocereinae (Nyffeler 2002, 317, 319; Lendel et al. 2006, unpubl. data in Nyffeler & Eggli 2010), entre las dos propuestas por los resultados de los análisis moleculares realizados por Schlumpberger & Renner (2012: 1335-1349). Según los autores, para evitar la polifonía de Echinopsis s.l. como concebida en aquel entonces (Anderson 2001, 2005, 2011; Hunt et al., 2006; Nyffeler & Eggli 2010), había dos posibles soluciones: I) Una nueva división de Echinopsis s.l. al menos en 7 viejos géneros (Acanthocalycium,Chamaecereus, Leucostele, Lobivia, Reicheocactus, Soehrensia y Setiechinopsis). Esta es la opción adoptada por Schlumpberger, que dio lugar a las 48 nuevas combinaciones presentadas por el autor en CSI (28: 29-31), una solución sin consistencia interna, ya que no resuelve de forma natural las relaciones internas de los clados Cleistocactus sens. str. y Oreocereus (Schlumpberger & Renner 2012: 1342; Anceschi & Magli 2013b, 31: 25). II) La otra solución es la constituida por la inclusión de 15 géneros hasta ahora nunca antes incorporados en Echinopsis s.l., como lo indican los análisis (Schlumpberger & Renner 2012: 1336, 1341), para convertir el género en monofilético en el sentido de Hennig. Esta última, es la hipótesis que apoyamos (Anceschi & Magli 2013a, 22-29; 2013b, 31: 24-27). Co referencia al booklet mencionado anteriormente y al artículo sobre CSI para conocer todas las ideas relacionadas con el tema que se abordaron, actualizamos lo conocido con las siguientes notas:
1) de los 15 géneros que se asimilarán a Echinopsis s.l. varias veces mencionados para la constitución de un macrogenero monofilético de Echinopsis, en realidad 6 de estos son géneros monotípicos, que se componen de una sola especie: Denmoza, Mila, Rauhocereus, Samaipaticereus, Vatricania, Yungasocereus), y de acuerdo con Hunt (2003, 15: 3) “The monotypic genus is a contradiction in terms. Logically (or at least etymologically) the term genus implies a class or group of things of a lower order (in botany, species etc.), i.e. a collection of things with common attributes.”, sin mencionar que otros 2 de los géneros en cuestión (Oroya y Pygmaeocereus) están compuestos por solo dos especies. Por lo tanto, es evidente que la mencionada transferencia a Echinopsis en realidad involucra muchos menos taxones naturales que los que inicialmente parecerían estar implicados.
2) es vergonzoso el de los 17 híbridos intergenéricos de origen natural reportados por Hunt et al. (2006, texto: 321) y retomados por Hunt (2015, 33: 16) para la familia Cactaceae, hasta 11 involucran los supuestos géneros dentro de la tribu. Trichocereeae, o subtribu Trichocereinae, i.e. 1) xCleistocana (Cleistocactus x Matucana), 2) xEchinomoza (Echinopsis x Denmoza), 3) xEspocana (Espostoa x Matucana), 4) xEspostingia (Espostoa x Rahuocereus), 5) xEspostocactus (Espostoa x Cleistocactus), 6) xHaagespostoa (Haageocereus x Espostoa), 7) xMaturoya (Matucana x Oroya), 8) xOreocana (Oreocereus x Matucana), 9) xOreonopsis (Oreocereus x Echinopsis), 10) xWeberbostoa (Weberbauerocereus x Espostoa), 11) xYungastocactus (Yungasocereus x Cleistocactus). Nos gustaría recordar, considerando que el término género todavía guarda un significado en biología y clasificación, que dos géneros que sean tales, por definición, no pueden cruzarse entre sí, de lo contrario no son dos géneros distintos.
3) sobre la "opinión" reportada varias veces por Hunt (2013, xiii; 2018, 39: 5, 11), “This radical option has been espoused by Anceschi & Magli (2013) but seems unlikely to gain many supporters”, relacionado con nuestro enfoque taxonómico para la solución del problema de clasificación de Echinopsis, juicio además ya desmentido por Molinari-Novoa (2015, 13: 18-21) y por Mayta & Molinari-Novoa (2015, 14: 13-20), nos preguntamos: desde cuando ser "radicales" comprometería en la ciencia el uso de una solución, si esta es la que más representa la interpretación correcta de la teoría en uso? Recordamos las palabras de Halton Arp (1998, 273), “One of the most self-evident principles which I heard voiced along the way is that in science “You can’t vote on the truth.” No matter how many people believe something, if the observations prove it is wrong, it is wrong. But as is often the case with humans it turns out that a lot of scientists actually believe exactly the opposite.” En conclusión, de acuerdo con Smolin (2006), creemos que cuando se trata de revolucionar la ciencia, lo que importa es la calidad del pensamiento, no la cantidad de los creyentes.
4) como ya hemos expresado en nuestra sinopsis del género Parodia Spegazzini s.l. (Anceschi & Magli 2018, 36: 75), análisis moleculares recientes (Barchenas et al.2011, 27: 470-489), han resaltado claramente que la mayoría de los géneros de Cactaceae tal como se conciben actualmente no son monofiléticos en el sentido de Hennig o en palabras de los autores “... our least inclusive groupings are significantly larger than currently accepted genera...However, although many genera are not monophyletic, many of these follow a pattern of a monophyletic core, with one or two outliers suggesting relatively robust groups with ‘fuzzy edges‘ so that in several cases small adjustments to classifications (i. e. moving outside of the genus) may produce monophyletic groups without significant nomenclatural changes.” (ibidem, 488).
Respecto a esta forma de operar, pensamos que la ciencia de la clasificación ha llegado a una encrucijada:
a) aplicar correctamente las teorías disponibles a las evidencias que la ciencia nos muestra a través de las técnicas y herramientas actualmente en uso (en este caso el principio de monofilia en el sentido de Hennig (1966), dado el contraste entre el principio mencionado y los conceptos de polifilia y parafilia, siendo este último un concepto nuevo propuesto por este autor (ver sobre el tema Anceschi & Magli 2018 36: 74-75).
b) continuar utilizando los paradigmas del coleccionismo para distinguir taxones, o si lo prefieren, herramientas contemporáneas en la mano, el uso del concepto de especie "cínico", es decir en palabras de Kitcher “Species [and genera] are those groups of organisms which are recognized as species [or genera] by competent taxonomists. Competent taxonomists, of course, are those who can recognize the true species [or genera].” (1984 (51)2: 308). Pensamos que la solución de Hunt (2013, xiii) para resolver el problema en Echinopsis, de desempolvar, en sus palabras, los “old favourites” (y ahora parafiléticos) Echinopsis, Lobivia y Trichocereus, junto con los géneros de Schlumpberger antes mencionados, además de agregar confusión a la confusión caen en la segunda hipótesis. (Traducido de: Anceschi & Magli 2021, 47-49)